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Las incompatibilidades para ser concejal

El viernes 6 de agosto vence el plazo para presentar lista de candidatos a intendente y concejales. ¿Qué motivos impiden desempeñar el cargo?


Según la Carta Orgánica de Las Termas de Río Hondo, el artículo 12 indica que las inhabilidades e incompatibilidades alcanzan al intendente y los concejales, la norma expresa que no pueden desempeñar el cargo los condenados o procesados por delitos comunes; robo, estafa, contra la integridad sexual, abigeato, por ejemplo. Los fallidos o concursados civiles culpables. Los fraudulentos mientras no hayan sido rehabilitados. Los que estuvieren interesados en contratos oneroso con la municipalidad como obligados principales o fiadores. Los incapacitados legalmente.

Por otro lado, la norna indica que los directores, apoderados, representantes, asesores y empleados que tengan funciones directas en empresas que exploten concesiones municipales y a tenedores de acciones o dueños de dichas empresas. Los inhabilitados para cargos públicos. Los deudores del tesoro municipal, provincial o nacional, que condenados por sentencia no abonaren su deuda. Las personas declaradas responsables por el Tribunal de Cuentas Municipal o Provincial mientras no de cumplimiento a su resolución.


Todas los candidatos que incurran en el articulo 12 cesarán en sus funciones inmediatamente (ipso jure).

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