Nueva sección del Blog de Justel. Se publicarán artículos de la Carta Orgánica Municipal de Las Termas de Río Hondo para que el lector comprenda el rol institucional.
Art. 90: El Gobierno municipal establecerá por ordenanza anual su presupuesto, al que deberá ajustarse toda la administración municipal. Contendrá los ingresos y egresos acompañado por un detalle de las actividades y programas que se desarrollarán en cada unidad de organización presupuestaria.
Art. 91: El Departamento Ejecutivo remitirá el Proyecto de Ordenanza presupuestaria al Concejo Deliberante hasta el 1 de abril de cada año. Ante la falta de sanción de la Ordenanza Presupuesto hasta el 31 de mayo, el intendente aplicará el presupuesto del año anterior en su duodécima parte por cada mes de demora.
Art. 92: Toda ordenanza que implique o autorice erogaciones que no esté prevista en el Presupuesto, deberá prever el recurso correspondiente.
Art. 93: El Presupuesto municipal contemplará los siguientes principios:
Art. 93.1: De Universalidad: Todos los gastos públicos se incluirán en el Presupuesto, aún el de entes descentralizados con presupuestos separados o anexos.
Art. 93.2: De Unidad: Todo el movimiento de fondos deberá presentarse en un solo cuerpo o documento. No deberá existir más que un solo fondo general formado por todos los recursos que obtenga el Municipio.
Art. 93.3: De Anualidad: Presentación anual del Presupuesto para su aprobación.
Art. 93.4: De Especificación: Contemplará detalladamente las asignaciones de fondo hasta llegar a las partidas especificas de cada gasto en particular.
Art. 93.5: De Publicidad.
Art. 94: Para la elaboración presupuestaria se optará por la técnica del Presupuesto por programas que refleje claramente los distintos fines del gasto público, especificando que corresponden a cada objetivo por unidades de decisión con escala de prioridades.
Art. 95: Las partidas presupuestarias afectadas al pago, por todo concepto, de haberes del personal municipal, no podrá superar el 60% de los gastos contemplados en el presupuesto anual.

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