La emergencia económica, sancionada el 15 de diciembre de 2011.
Visto: Las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal; y,
Considerando: Que, teniendo en cuenta la culminación de la
emergencia económica el próximo 30 de diciembre del 2011;
Que, por ello se hace necesario dictar una norma que
establezca las condiciones de la prórroga y permita al Ejecutivo Municipal
tomar medidas extraordinarias por un plazo de 180 días;
Por todo ello:
El Concejo Deliberante de Las Termas de Río Hondo sanciona
con fuerza de ordenanza:
Art. 1º. Declárese en emergencia la situación económica
financiera del Estado Municipal. El estado de emergencia tendrá vigencia por
(180) ciento ochenta días a partir de su promulgación, en carácter restrictivo
para la suspensión de pagos de juicios contra el
Municipio de Las Termas de Río Hondo que tuvieren sentencia
firme, por el lapso de 180 (ciento ochenta) días a partir del 30 de diciembre
del 2011. En el plazo estipulado precedentemente, el Departamento Ejecutivo
Municipal estará facultado a realizar convenios de pagos cuando fueran
manifiestamente favorables al Municipio de Las Termas de Río Hondo. Los
convenios que se acordaren serán comunicados durante el mismo lapso al Concejo
Deliberante para su conocimiento.
Art. 2º. Comuníquese, regístrese, publíquese, cumplido archívese.

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