F Sin banderías: motos, seguro y multas - SantiagoPost

Sin banderías: motos, seguro y multas


Nota para acercarse a la problemática.

El juez de Faltas interino, Diego Nicolás Toledo, dijo a FM Eco que “no existen banderías políticas en la gestión”, pues se debe “velar por la ciudad”.

Toledo sostuvo que no se “aparte de la ley”. Pero lo curioso del caso es que lleva veinte meses como interino, provisorio, en comisión. En mayo de 2011 se publicó el llamado a concurso, se inscribieron varios letrados; pero el intendente Miguel Mukdise no hace cumplir la ordenanza 667/92. Se debe conformar un órgano calificador para confeccionar una lista de meritos.

El órgano calificador está integrada por el secretario de Gobierno, Pedro Eljall; fiscal comunal, Juan Guillermo Scheytt; el ciudadano Moyano, elegido por el intendente, dice la norma.

Sin embargo, Diego Toledo, quien esgrime no apartarse de la ley, tiene más de sesenta juicios contra la comuna; estaría procesado por la causa Juan Decima, empleado municipal que solicitó suba de categoría; está interino en la Justicia de Faltas y lleva veinte meses en el cargo.

Ingresos
La Municipalidad no informa lo recaudado durante el 2011 por las multas aplicadas a motovehículos; la Dirección de Tránsito está reteniendo motos, autos y camionetas. En el caso de las primeras, no entregan el valor de la multa, antes obligan a contraer un seguro contra tercero; después, se presenta la documentación para retirar el bien.

Los valores de las infracciones no estarían regulados por ordenanza, sólo en el listado del Juez de Faltas, quien tiene una planilla con los importes; por ejemplo, circular sin casco cuesta $500. Los concejales deben observar lo actuado por el organismo y fijar el marco legal.

Para Toledo, la retención preventiva, según el artículo 72 de la Ley 24.449, se realiza para controlar a los vehículos y varios rodados robados se recuperaron. Cabe aclarar que la policía tiene la obligación de revisar la documentación, siempre y cuando exista denuncia y autorización judicial; y no es una tarea específica de la Dirección de Tránsito.

Para este editor la aplicación del artículo 72 sería forzada. Se consulta a varios organismos vinculados a la actividad de tránsito para conocer otros criterios.

Por otro lado, se retienen vehículos y quedan depositados en las instalaciones de la Dirección de Tránsito. La comuna no tiene una ordenanza que regule el predio cerrado, salvo un planteo que trató el Concejo Deliberante, el jueves 23 de agosto, que se desconoce si se aprobó una norma al respecto. Lo cierto, falta normas para generar certidumbre.

La Municipalidad quiere recaudar más, es lógico. Los operativos de tránsito se hacían por la noche, ahora alcanza la mañana y la tarde. Lo positivo del caso es que la ciudadanía observa un Estado presente y sostiene que los controles seguirán; por ello, normalizan documentación: transferencias, dominio y seguro contra terceros.

Falta
La comuna nunca hizo una campaña para que las motos tengan seguro contra tercero. Sucede que el Juzgado de Faltas no indica el valor de la multa, pero antes los motovehículos deben obtener un seguro. Es decir, se aplica una medida por coacción en vez de comunicar el beneficio.

El seguro de responsabilidad civil hacia terceros trae muchos beneficios, cuando se provoca un siniestro –accidente- la compañía aporta la suma de dinero por los daños causados en otros rodados o personales. El valor de la póliza, en caso de las motos, alcanza hasta los $90 mil.  

Los conejales deben observar estás acciones, revisar la normativa local y nacional, porque se esgrime que el seguro es obligatorio para los motociclistas; otros, sostienen que es opcional.   

La ciudad termal crece en infraestructura, pero descuida la institucionalidad y la normativa.

CONVERSATION

0 Comments:

Publicar un comentario

Participá en Santiago Post