Nota para acercarse a la problemática.
El juez de Faltas interino, Diego Nicolás Toledo, dijo a FM
Eco que “no existen banderías políticas en la gestión”, pues se debe “velar por
la ciudad”.
Toledo sostuvo que no se “aparte de la ley”. Pero lo curioso
del caso es que lleva veinte meses como interino, provisorio, en comisión. En
mayo de 2011 se publicó el llamado a concurso, se inscribieron varios letrados;
pero el intendente Miguel Mukdise no hace cumplir la ordenanza 667/92. Se debe
conformar un órgano calificador para confeccionar una lista de meritos.
El órgano calificador está integrada por el secretario de
Gobierno, Pedro Eljall; fiscal comunal, Juan Guillermo Scheytt; el ciudadano Moyano,
elegido por el intendente, dice la norma.
Sin embargo, Diego Toledo, quien esgrime no apartarse de la
ley, tiene más de sesenta juicios contra la comuna; estaría procesado por la
causa Juan Decima, empleado municipal que solicitó suba de categoría; está
interino en la Justicia
de Faltas y lleva veinte meses en el cargo.
Ingresos
Los valores de las infracciones no estarían regulados por
ordenanza, sólo en el listado del Juez de Faltas, quien tiene una planilla con los
importes; por ejemplo, circular sin casco cuesta $500. Los concejales deben
observar lo actuado por el organismo y fijar el marco legal.
Para Toledo, la retención preventiva, según el artículo 72
de la Ley 24.449,
se realiza para controlar a los vehículos y varios rodados robados se
recuperaron. Cabe aclarar que la policía tiene la obligación de revisar la
documentación, siempre y cuando exista denuncia y autorización judicial; y no
es una tarea específica de la
Dirección de Tránsito.
Para este editor la aplicación del artículo 72 sería
forzada. Se consulta a varios organismos vinculados a la actividad de tránsito
para conocer otros criterios.
Por otro lado, se retienen vehículos y quedan depositados en
las instalaciones de la
Dirección de Tránsito. La comuna no tiene una ordenanza que
regule el predio cerrado, salvo un planteo que trató el Concejo Deliberante, el
jueves 23 de agosto, que se desconoce si se aprobó una norma al respecto. Lo
cierto, falta normas para generar certidumbre.
Falta
La comuna nunca hizo una campaña para que las motos tengan
seguro contra tercero. Sucede que el Juzgado de Faltas no indica el valor de la
multa, pero antes los motovehículos deben obtener un seguro. Es decir, se
aplica una medida por coacción en vez de comunicar el beneficio.
El seguro de responsabilidad civil hacia terceros trae
muchos beneficios, cuando se provoca un siniestro –accidente- la compañía
aporta la suma de dinero por los daños causados en otros rodados o personales.
El valor de la póliza, en caso de las motos, alcanza hasta los $90 mil.
Los conejales deben observar estás acciones, revisar la
normativa local y nacional, porque se esgrime que el seguro es obligatorio para
los motociclistas; otros, sostienen que es opcional.
La ciudad termal crece en infraestructura, pero descuida la
institucionalidad y la normativa.
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