Pase de contratados de locación de
servicio a empleo público.
El intendente Miguel Mukdise vetó la Ordenanza 320; el
Decreto 294, del 27 de mayo, advierte el dictamen de Fiscalía y sostiene que
“la antigüedad no se puede considerar, y dicha modalidad contractual importa la
prestación de un servicio de terceros”, indica el considerando, con poca
argumentación.
El artículo 2 de la Ordenanza 320 –dice el
Decreto 294- desvirtúa la normativa que rige para el pase de los empleados a
planta permanente, ya que existen otros agentes comunales con la misma
condición, sostiene el Ejecutivo, de manera breve.
Norma
“El ingreso en calidad de contratado
presupuestado estará condicionado, además, de la antigüedad, a la circunstancia
de haberse producido una vacante en planta permanente, sea por jubilación o
retiro voluntario”, indica el artículo 2.
Cuando se produzca al vacante, el
contratado ingresará a planta con la categoría menor del escalafón municipal;
el Ejecutivo deberá celebrar un contrato de empleo público y respetará los años
de locación de servicio; y “las vacantes producidas deben incorporarse en el
plazo de 30 días”.
Finalmente, el veto de la Ordenanza 320 necesita
ocho votos de los concejales para ratificar la normativa, de lo contrario, la
derogación quedará firme, como sucedió con la Ordenanza 319, la suspensión
del cobro de pavimento por 60 días.

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