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Concejo: ¿Existe la figura del presidente provisional?

Análisis.

De acuerdo a la Resolución 95, aprobada por seis ediles, el viernes 13 de diciembre del año pasado, ratifica “la asunción de Silvia Isabel Trejo en el cargo de presidente provisorio de Concejo Deliberante”, indica el artículo primero. La normativa menciona los artículos 21 y 35 del Reglamento Interno del Legislativo comunal.

Sin embargo, al realizar una lectura del Reglamento Interno no aparece la figura presidente provisional o interino, como menciona la Resolución 95. Todo apuntó a que Silvia Trejo ocupe el cargo interinamente hasta que se resuelva el conflicto por la elección de autoridades. Lo correcto hubiese sido convocar las veces que sean necesarias para consensuar y elegir al titular.

El Reglamento Interno debió ser reformado para incorporar la figura “provisional”, de lo contrario se debió ajustarse a la normativa vigente.

El conflicto suscitó posiciones encontradas, incluso hubo un cruce de palabras entre los ediles: Silvia Trejo y José Luis Campuzano (escribano) en la FM 91.1 a mediados de diciembre pasado.

La elección de autoridades se debió realizar el pasado 10 de diciembre, pero no hubo quórum. Luego, a través de acta notarial N° 211, Silvia Trejo es la presidente de la comisión permanente de Economía. Hasta allí funcionó bien, pero la nueva convocatoria para el 19 de diciembre volvió a quedar sin quórum, pero Trejo presentó un parte médico.

Trejo no volvió a convocar a elecciones, tal vez la primero quincena de enero de 2014 hubiese resuelto el conflicto. Pero el intendente Miguel Mukdise pidió una sesión extraordinaria para prorrogar la emergencia económica, vigente desde diciembre de 2010.

Silvia Trejo convocó la extraordinaria N° 1 para el 10 de enero, se frustró por falta de quórum.
Asistieron cinco ediles a la extraordinaria: Silvia Trejo, Roxana Ponce, Silvia Leiva Yacono y Nélida Carrizo.

Provisorio. El problema de la figura provisional será cuando Mukdise pretenda salir de vacaciones; entonces, se hará cargo un titular interino del Concejo, quien ejercerá la función de jefe comunal.

¿Los actos del presidente provisorio son legales? Todavía no hay respuesta por parte del Concejo. 

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