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¿El Concejo Deliberante está acéfalo?

La interpretación de la edil Silvia Trejo.

El Reglamento Interno del Senado de la Nación, el artículo 1, dice que  el 24 de febrero de cada año se reunirá en sesión preparatoria y se elegirá un presidente provisorio, un vicepresidente, entre otras autoridades.
Silvia Trejo, en el centro.
El presidente provisorio actúa de acuerdo al artículo 58 de la Constitución Nacional, cuando el vicepresidente de la república está ausente o cuando ejerce las funciones de presidente de la Nación.

Por otro lado, la Cámara de Diputados de Santiago del Estero elige también un presidente provisorio, pero en el sitio web no se puede leer el Reglamento Interno.

Local
El Concejo Deliberante de Las Termas de Río Hondo no pudo elegir autoridades el 10 de diciembre de 2013, de acuerdo al artículo 1 del Reglamento Interno y elegir un presidente, vicepresidente primero y segundo. Sin embargo, viernes 13 de diciembre del año pasado, siete ediles aprobaron la Resolución 95, allí se incorporó la figura de presidente provisorio que no existe en el reglamento del Legislativo comunal.  

La presidencia provisional recayó en Silvia Trejo, quien se enfermó el 19 de diciembre del año pasado, ya que se llamó a sesión preparatoria y se frustró por falta de quórum. El cargo se estiró hasta febrero de 2014.

El pasado jueves 6 de febrero se frustró el inicio del año parlamentario, no hubo quórum. En esa asamblea estuvo presente sólo Silvia Trejo, quien ostenta la figura inexistente de presidente provisorio.

Silvia Trejo dijo a FM 98.5 que la “presidencia provisional vence cuando se cumple un año de la presidencia de las comisiones permanentes. Trejo es titular de la Comisión de Economía para el ejercicio 2013.

Las comisiones internas fueron conformadas el 14 de marzo de 2013, según la Resolución 66, publicada en el Boletín Oficial N° 396. O sea, Trejo pretende seguir en el cargo ficticio, aunque mencionó la necesidad de un consenso entre los ediles.  

José Luis Campuzano también opinó en FM 98.5, la semana pasada. El concejal dijo que “Silvia Trejo no es más presidente provisorio y debe asumir la presidencia del Concejo Deliberante el edil de mayor edad, Livio Olmedo. Él es mayor que mí por varios meses”.

Reglamento
El artículo 1 inciso 2 del Reglamento Interno del Concejo dice que “si por cualquier circunstancia no existieran autoridades formalmente constituidas, la sesión será presidida por el concejal de más edad”.

El Reglamento Interno, Resolución 487/2006, indica en el artículo 14 que en la primera sesión ordinaria, que fue el 6 de febrero, se debe fijar día y horario para las asambleas; además, se elegirá la integración de las comisiones internas, hecho que no sucedió.

Los ediles, desde el 2011, en la primera sesión ordinaria hicieron hablar al intendente Miguel Mukdise, quien da un informe de la gestión del año anterior, pero esta práctica no figura en la Carta Orgánica Municipal, ni en el Reglamento Interno. O sea, los ediles se alejan del sistema normativo vigente y no hubo planteo para corregir tal acción. Más aun la creación de la presidencia provisoria por la Resolución 95.

La concejal Silvia Trejo dio declaraciones al portal Río Hondo News, dijo que “todo cuerpo legislativo, Cámara de Diputados de la Nación –debió decir Senado-, hay un presidente provisional que a veces está a cargo del Cuerpo y eso no configura una irregularidad, es un caso normal”.

Sí configura una irregularidad. Porque la figura de presidente provisorio no está descripta en el Reglamento Interno, fue creada por fuera del sistema normativo, para ello se debió modificar la Resolución 487, hecho que no sucedió.

La comuna de Las Termas de Río Hondo no tiene un viceintendente, por ello hacer la analogía con la Nación es pretenciosa, porque en el Gobierno Nacional existe el cargo de vicepresidente, quien está a cargo del Senado, y el presidente provisional es el reemplazante inmediato.

Otra irregularidad. Se aprobó el 30 de diciembre del año pasado una modificación a la Ordenanza Tarifaria, se incrementaron las tasas un 50%. Y la sesión fue presidida por Silvia Trejo, como provisional. Es decir se sanciona normativa en vez de elegir autoridades definitivas.

El Concejo Deliberante se apartó de la legislación vigente y puede ingresar en acefalía. El año pasado se conformaron diez bloques, ocho son unipersonales, lo cual dificulta el consenso.
Los ediles deben abandonar posturas por fuera de la legislación y elegir autoridades para no caer en acefalía.

Propuesta
El Blog de Justel propone, una vez elegidas las autoridades, modificar el Reglamento Interno. Si es necesario se crea la figura de presidente provisional, pero Las Termas de Río Hondo no tiene el cargo de viceintendente, quien debe presidir el Concejo Deliberante. Tal vez no sea necesaria.

Algo es necesario. Modificar la elección de autoridades al final del año parlamentario, el 10 de diciembre. Se puede cambiar por el mes de febrero, al inicio del ciclo legislativo y así se evita especulaciones políticas.

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