La interpretación de la edil Silvia Trejo.
El Reglamento Interno del Senado de la Nación, el
artículo 1, dice que el 24 de febrero de
cada año se reunirá en sesión preparatoria y se elegirá un presidente provisorio,
un vicepresidente, entre otras autoridades.
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| Silvia Trejo, en el centro. |
El presidente provisorio actúa de acuerdo al artículo
58 de la Constitución Nacional, cuando el vicepresidente de la república está
ausente o cuando ejerce las funciones de presidente de la Nación.
Por otro lado, la Cámara de Diputados de Santiago del Estero elige también un presidente provisorio, pero en el sitio web no se puede leer el Reglamento Interno.
Local
El Concejo Deliberante de Las Termas de Río Hondo no
pudo elegir autoridades el 10 de diciembre de 2013, de acuerdo al artículo 1
del Reglamento Interno y elegir un presidente, vicepresidente primero y
segundo. Sin embargo, viernes 13 de diciembre del año pasado, siete ediles
aprobaron la Resolución 95, allí se incorporó la figura de presidente
provisorio que no existe en el reglamento del Legislativo comunal.
La presidencia provisional recayó en Silvia Trejo,
quien se enfermó el 19 de diciembre del año pasado, ya que se llamó a sesión
preparatoria y se frustró por falta de quórum. El cargo se estiró hasta febrero
de 2014.
El pasado jueves 6 de febrero se frustró el inicio
del año parlamentario, no hubo quórum. En esa asamblea estuvo presente sólo
Silvia Trejo, quien ostenta la figura inexistente de presidente provisorio.
Silvia Trejo dijo a FM 98.5 que la “presidencia provisional vence cuando se cumple un año de la presidencia de las comisiones permanentes. Trejo es titular de la Comisión de Economía para el ejercicio 2013.
José Luis Campuzano también opinó en FM 98.5, la
semana pasada. El concejal dijo que “Silvia Trejo no es más presidente
provisorio y debe asumir la presidencia del Concejo Deliberante el edil de
mayor edad, Livio Olmedo. Él es mayor que mí por varios meses”.
Reglamento
El artículo 1 inciso 2
del Reglamento Interno del Concejo dice que “si por cualquier circunstancia no
existieran autoridades formalmente constituidas, la sesión será presidida por
el concejal de más edad”.
El Reglamento Interno,
Resolución 487/2006, indica en el artículo 14 que en la primera sesión
ordinaria, que fue el 6 de febrero, se debe fijar día y horario para las
asambleas; además, se elegirá la integración de las comisiones internas, hecho
que no sucedió.
Los ediles, desde el
2011, en la primera sesión ordinaria hicieron hablar al intendente Miguel
Mukdise, quien da un informe de la gestión del año anterior, pero esta práctica
no figura en la Carta Orgánica Municipal, ni en el Reglamento Interno. O sea,
los ediles se alejan del sistema normativo vigente y no hubo planteo para
corregir tal acción. Más aun la creación de la presidencia provisoria por la
Resolución 95.
La concejal Silvia Trejo
dio declaraciones al portal Río Hondo News, dijo que “todo cuerpo legislativo,
Cámara de Diputados de la Nación –debió decir Senado-, hay un presidente
provisional que a veces está a cargo del Cuerpo y eso no configura una
irregularidad, es un caso normal”.
Sí configura una
irregularidad. Porque la figura de presidente provisorio no está descripta en
el Reglamento Interno, fue creada por fuera del sistema normativo, para ello se
debió modificar la Resolución 487, hecho que no sucedió.
La comuna de Las Termas
de Río Hondo no tiene un viceintendente, por ello hacer la analogía con la
Nación es pretenciosa, porque en el Gobierno Nacional existe el cargo de
vicepresidente, quien está a cargo del Senado, y el presidente provisional es
el reemplazante inmediato.
Otra irregularidad. Se
aprobó el 30 de diciembre del año pasado una modificación a la Ordenanza
Tarifaria, se incrementaron las tasas un 50%. Y la sesión fue presidida por
Silvia Trejo, como provisional. Es decir se sanciona normativa en vez de elegir
autoridades definitivas.
El Concejo Deliberante
se apartó de la legislación vigente y puede ingresar en acefalía. El año pasado
se conformaron diez bloques, ocho son unipersonales, lo cual dificulta el
consenso.
Los ediles deben
abandonar posturas por fuera de la legislación y elegir autoridades para no
caer en acefalía.
Propuesta
El Blog de Justel
propone, una vez elegidas las autoridades, modificar el Reglamento Interno. Si
es necesario se crea la figura de presidente provisional, pero Las Termas de
Río Hondo no tiene el cargo de viceintendente, quien debe presidir el Concejo
Deliberante. Tal vez no sea necesaria.
Algo es necesario. Modificar
la elección de autoridades al final del año parlamentario, el 10 de diciembre.
Se puede cambiar por el mes de febrero, al inicio del ciclo legislativo y así
se evita especulaciones políticas.

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