El intendente corre con ventaja.
Varios referentes del PJ local desconfían por el inicio
del pedido de juicio político al intendente Miguel Mukdise, a pesar que sobran
evidencias de irregularidades, muchas de ellas publicadas en El Blog de Justel.
El presidente del Concejo Deliberante, Leonardo
Sánchez, dijo que avanza la medida y se notificó al contador Alberto Pérez,
vocal del Tribunal de Cuentas. La Ordenanza 656/1992, de juicio político, en su
artículo 2 solicita al denunciante la ratificación y tiene cinco días corridos
para contestar al Concejo Deliberante.
Pérez debe contestar a los ediles, aunque la Carta
Orgánica Municipal (COM) no habla de ratificación por parte del denunciante,
según el artículo 140 de la Carta Orgánica Municipal. Después de este acto la
comisión de Juicio Político debe investigar los hechos en un plazo de diez días
corridos.
“Faltan pocos meses para terminar el mandato de
(Miguel) Mukdise y los concejales quieren impresionar a la comunidad; ahora
pretenden investigar. En 2011 se pidió juicio político por los $500 mil y hubo
una denuncia penal por la compra de combustible”, explicó un exdiputado
provincial.
Contadores, dirigentes y exfunionarios municipales
del peronismo piensan en el mismo sentido. “El Concejo está devaluado,
perdieron autoridad y credibilidad”.
El presidente Leonardo Sánchez, quien juega para el
exintendente Luis Ceres –con ganas de volver al Ejecutivo-, tiene siete votos,
falta uno para dejar firme una posible acusación. Y, según una fuente del
Tribunal de Cuentas, tendría la bendita adhesión para sostener los dos tercios.
Estructura. La comisión de Juicio Político tiene
diez días corridos para investigar y veinte hábiles para emitir el informe, o
sea más de un mes de deliberaciones, de idas y vueltas. Luego, el escrito pasa
al recinto y se debe obtener ocho votos positivos para la procedencia del
enjuiciamiento.
Pero la historia no termina allí.
El Concejo debe conformar el jurado con nueve
miembros, tres deben ser abogados. Y el dictamen debe estar listo en treinta
días hábiles, según el artículo 147 de la COM. El tiempo corre desde que la comisión
de Juicio Político presentó el escrito, artículo 142.
Resulta que entre la presentación del escrito y el
dictamen del jurado, o sea los treinta días, en el medio, el Concejo en pleno debe
resolver por absolver o acusar al intendente. Esto pude durar uno o dos sesiones
y el tiempo se acaba.
Observación
El artículo 147 dice: “El dictamen deberá producirse
dentro del término perentorio de treinta (30) días hábiles contados a partir de
la fecha mencionada en el artículo 142, por escrito. En el caso de absolución
los funcionarios serán repuestos en sus funciones”.
Los convencionales de 1992 se equivocaron al poner límite
a la sentencia del jurado, en su defecto, se hubiese alargado el plazo a
sesenta o noventas días hábiles. Esto da tiempo al análisis de las pruebas y
otorga seriedad al proceso. Además, falta mencionar en la COM el caso hipotético
de no tener veredicto en el lapso indicado. ¿Qué se hace?
El Concejo debe conformar el jurado. Los miembros
son elegidos del padrón electoral y la edad mínima es 25 años. El artículo 145
establece quince días para realizar tachas o impugnaciones; pero el tiempo
sigue corriendo.
La situación actual favorece a Mukdise, un
intendente con suerte a pesar de la gravedad de las irregularidades. Aunque de
ser acusado, debe ser suspendido, según artículo 143 de la COM.
El juicio político al intendente dependerá de la celeridad
–rapidez- en conformar el jurado, el trabajo de la comisión investigadora y,
por último, el tiempo que se demore en acusar o absolver al principal
mandatario de la ciudad.

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