Delegar facultades. 31 de agosto.
El intendente Miguel Mukdise publicó en los medios
gráficos el Decreto Acuerdo 292, con 8 artículos y cronograma electoral. Indica
que los concejales, titulares y suplentes, se distribuirán de acurdo el Artículo
50 de la Carta Orgánica Municipal (COM).
El llamado a elecciones generó interrogantes: el
artículo 50 indica que el ganador se lleva 8 bancas del Concejo Deliberante; el
resto se distribuye con el sistema D´Hont. Sin embargo, en la ciudad termal,
algunas fracciones políticas, piden que sean los 12 escaños con el sistema
proporcional.
El artículo 209 de la Constitución provincial indica que el sistema a utilizar es el “proporcional que la ley o carta orgánica determine”. No dice claramente que se debe usar el método del cociente D´Hont.
Mukdise dejará con pequeña actividad del Tribunal Electoral
municipal y pasa las funciones de control al Provincial, tal como adelantó El Blog de Justel.
“El Tribunal Electoral municipal deberá solicitar al
Tribunal Electoral provincial” para los actos preelectorales, poselectorales
desde la oficialización de las listas hasta el escrutinio definitivo, indica el
artículo 5.
El intendente Miguel Mukdise entregó a la Provincia
la autonomía comunal, ya que pierde funciones el Tribunal Electoral municipal.
El Tribunal Electoral comunal no tiene presupuesto,
ni personal, como indica el artículo 56 de la COM. Mukdise no asignó recursos
años anteriores, menos en 2014.
El Tribunal Electoral comunal, por acta, quedó
integrado por Mario Díaz, presidente; Néstor Fabián Serrano, secretario;
Leonardo Sánchez, vocal.

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