Nuevo Legislativo.
Los ediles se reunirán hoy para la primera sesión
ordinaria; deberán conformar las comisiones internas; fijar el día y horario
para sesionar; y proceder a confeccionar una lista de ciudadanos para el
Jurado.
El Reglamento Interno del Concejo, Resolución 487,
el artículo 35 indica las comisiones permanentes: Legislación y de Asuntos
Constitucionales; Economía Producción y Turismo; Seguridad, obras, servicios
públicos y ecología; Educación, cultura y bienestar social; Derechos humanos y
Emergencia laboral; Juicio Político; Cuerpo reunido en Comisión.
Las comisiones están integradas por tres ediles y
duran un año, salvo la de Juicio Político.
La comisión de Juicio Político está conformada por el presidente de cada bloque. Según el artículo 52 del Reglamento Interno, el Concejo confeccionará en noviembre de cada año la lista de ciudadanos inscriptos en el padrón electoral; quienes deben ser mayores de 25 años para integrar el Jurado. En tanto, el artículo 53 expresa: “Al inicio de las sesiones ordinarias se procederá al sorteo de los miembros del jury”.
La Resolución 487/2006 reformó la Resolución
381/1992, el primer Reglamento Interno del Concejo. La normativa fue sancionada
el 29 de junio y tenía 143 artículos. Aunque hubo una intermedia, en 2003.
De la comparación –primera y última- surge que se
agregaron dos comisiones y se modificó el nombre de una. Pasó de llamarse “Acción
Comunitaria y Bienestar Social” a “Educación, cultura y bienestar social”. Y se
incorporaron: “Derechos humanos y Emergencia laboral” y “Cuerpo reunido en
Comisión”.
El Cuerpo reunido en Comisión fue una incorporación forzada,
ya que las otras comisiones no funcionaban, a mediados de los noventa, pero se
buscó esta solución. Entonces, se reúnen todos los ediles y hacen un solo despacho.
Los ediles vagos eran camuflados con esta comisión.
Por ejemplo, de doce concejales, terminan trabajando cuatro.

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