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Concejo: acta declarativa

Conflicto laboral. Escritura 186, Gisella Chapa y otros.

La empelada del Concejo Deliberante, Gisella Chapa y diez más firmaron el Acta Declarativa, Escritura 186, el 25 de noviembre pasado, ante la escribana Vanina Alejandra Campuzano y el escrito fue presentado en la Subsecretaría de Trabajo provincial.

Resulta que en noviembre pasado, el presidente Gustavo Corbalán, a través de resoluciones, dio de baja a doce empleados, quienes ingresaron por Ordenanza 338, sancionada el 2 de octubre. Y Mariana Campuzano renunció al cargo.

Leonardo Sánchez omite hacer declaraciones. 
Nadia Gisella Chapa; Verónica Barroco; Ricardo Rubén Nieva; Nora Beatriz Aragón; Gustavo Argentino Ávila; María Celeste Alderete; Ema Analía Banegas; Alberto Oscar Jiménez; Norma Elizabeth Borges; Nélida Ester Gallo; Martín Federico Nieva; “quienes me requieren en su carácter de empleados de planta permanente del órgano Legislativo municipal”, dice el acta.

Los empleados declaran que la ordenanza vigente 338, sancionada conforme a la Carta Orgánica Municipal, y a la Ordenanza 160/2006, ingresaron en planta permanente del Concejo Deliberante; asignándoles a cada uno ellos una posición en el organigrama funcional del Legislativo, a partir del 1° de enero de 2013, según consta en acta.

Los empleados ante la escribana Campuzano mencionaron el Presupuesto 2013 y 2014, ambos sancionados en octubre pasado; especialmente el artículo 5: la incorporación de los cargos a la jurisdicción 6, es decir, el Concejo Deliberante.

La ordenanza del presupuesto tiene varias jurisdicciones, la 6 fija recursos y gastos para el Concejo Deliberante.

Problemática
Algunos abogados mencionan que no debieron incrementar la planta permanente del Concejo Deliberante, especialmente aquellos que fueron sus secretarios privados; aunque se pudo incorporar personal a través de un concurso.

El Concejo, otro poder del Estado comunal, no tiene Estatuto del Personal Legislativo, aunque a mediados de año había un boceto, pero se descartó la presentación del sistema normativo. Y se manejan con el Estatuto del Personal del Ejecutivo.

Si el Concejo tiene un estatuto del personal puede fijar las condiciones de ingreso del empleado; previa asignación del recurso presupuestario. Esto le dará más independencia del Ejecutivo. Por ahora no existe debate sobre el asunto.

El segundo conflicto. La Ordenanza 338, nuevo organigrama del Concejo y la incorporación de 12 empleados a planta, está vigente, el intendente Miguel Mukdise vetó la norma, pero los ediles la ratificaron. Sin embargo, el expediente se perdió –nadie sabe- y no se comunicó la afirmación de la ordenanza al Ejecutivo. Este argumento es utilizado para dar de baja a los once trabajadores.      

Los ediles no conformaron una comisión investigadora por el expediente perdido y se apuraron en sancionar la Resolución 64 –el 11 de diciembre-, la norma dejó sin efecto la Resolución presidencial 93, del 15 de octubre, firmada por Silvia Leiva Yacano, vicepresidente primero del Concejo. Aunque sigue vigente la Ordenanza 338.

Contradicción. Se desafecta la Resolución presidencial 93/2014 y sigue vigente la Ordenanza 338, la creación de los cargos.

Existe una presentación en la Subsecretaría de Trabajo por las once resoluciones de la presidencia del Concejo, y un solo recurso de revocatoria.

El conflicto no concluyó, sino se extendió. 

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